Asamblea de Socios

Asociación de Ayuda a Niños Oncológicos de Galicia

La Asamblea General, convocada y constituida legalmente, es el Órgano supremo de gobierno de la Asociación, y está integrada por todos los socios de la clase que sean. Son competencia de la Asamblea General, los acuerdos relativos a:

  • Ostentar la máxima responsabilidad y representación de la Asociación.
  • Modificación de los Estatutos excepto lo indicado al Art. 6.
  • Elección de la Junta Directiva.
  • Disolución de la Asociación.
  • Federación y Confederación con otras Asociaciones o el abandono de alguna de ellas.
  • Ostentar la máxima responsabilidad y representación de la Asociación.
  • Examinar, visar y aprobar, si procede, la Memoria Anual, Balance y Cuentas Generales de la Asociación.
  • Fijar las cuotas ordinarias de los socios.
  • Nombrar censores de cuentas si así se estimase oportuno.
  • Autorizar operaciones de crédito, en su caso.
  • Deliberar sobre los informes aportados por la Junta Directiva, y adoptar aquellas resoluciones que por el carácter de su importancia le someta la Junta Directiva
  • Establecer las directrices necesarias para alcanzar los fines de ASANOG.
Junta directiva

Asociación de Ayuda a Niños Oncológicos de Galicia

La Junta Directiva es el Órgano Rector de la Asociación, y está compuesta por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y un máximo de ocho vocales. Son atribuciones de la Junta Directiva:

  • Velar por el cumplimiento de los fines de ASANOG.
  • Convocar y organizar la Asamblea General.
  • Dar cumplimiento a los acuerdos de la Asamblea General.
  • Presentar, para su aprobación por la Asamblea General el Balance de cada ejercicio, así como el Presupuesto y el plan de actividades para el ejercicio siguiente.
  • Representar a la Asociación, y regir su vida económica y administrativa mientras no esté reunida la Asamblea General.
  • Intervenir y decidir la admisión de nuevos socios, y decidir sobre su expulsión o cese, estando para ello a lo dispuesto en los presentes Estatutos.
  • Contratar al personal auxiliar y determinar su retribución. Así como aprobar las cuentas de gastos a cargo de la Asociación.
  • Proponer a la Asamblea General las cuotas de los socios.
  • Adoptar los acuerdos convenientes o necesarios para el desenvolvimiento y fines de la Asociación.
  • Adoptar medidas, que por su carácter urgente, no admitan dilación, dando posterior cuenta de las mismas, para su ratificación, a la Asamblea General, si tales medidas rebasasen los límites de la competencia de la Junta Directiva.
  • Representar a la Asociación ante cualquier estamento público o privado.
  • Desarrollar y vigilar el cumplimiento de los presentes Estatutos., y en caso de duda interpretar los presentes Estatutos en todo su contenido y suplir con sus acuerdos las deficiencias aparecidas en los mismos.
  • Elaborar las normas y reglamentos de régimen interno de la Asociación.
  • Elaborar planes y programas de trabajo, y constituir comisiones o grupos de trabajo para su desarrollo, el estudio de problemas concretos, o la realización de actividades o gestiones determinadas. Estarán formadas por las personas que la Junta considere convenientes, pertenecientes o no a la Asociación, y serán presididas por un miembro de la Junta Directiva
  • Cualesquiera otros cometidos que no sea competencia de la Asamblea General
Junta directiva actual

Asociación de Ayuda a Niños Oncológicos de Galicia

Vero

Vanessa

Susana

Mari

Mar

Manuel

Emilio

Chema