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Asamblea de Socios
Asociación de Ayuda a Niños Oncológicos de Galicia
La Asamblea General, convocada y constituida legalmente, es el Órgano supremo de gobierno de la Asociación, y está integrada por todos los socios de la clase que sean. Son competencia de la Asamblea General, los acuerdos relativos a:
- Ostentar la máxima responsabilidad y representación de la Asociación.
- Modificación de los Estatutos excepto lo indicado al Art. 6.
- Elección de la Junta Directiva.
- Disolución de la Asociación.
- Federación y Confederación con otras Asociaciones o el abandono de alguna de ellas.
- Ostentar la máxima responsabilidad y representación de la Asociación.
- Examinar, visar y aprobar, si procede, la Memoria Anual, Balance y Cuentas Generales de la Asociación.
- Fijar las cuotas ordinarias de los socios.
- Nombrar censores de cuentas si así se estimase oportuno.
- Autorizar operaciones de crédito, en su caso.
- Deliberar sobre los informes aportados por la Junta Directiva, y adoptar aquellas resoluciones que por el carácter de su importancia le someta la Junta Directiva
- Establecer las directrices necesarias para alcanzar los fines de ASANOG.
Junta directiva
Asociación de Ayuda a Niños Oncológicos de Galicia
La Junta Directiva es el Órgano Rector de la Asociación, y está compuesta por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y un máximo de ocho vocales. Son atribuciones de la Junta Directiva:
- Velar por el cumplimiento de los fines de ASANOG.
- Convocar y organizar la Asamblea General.
- Dar cumplimiento a los acuerdos de la Asamblea General.
- Presentar, para su aprobación por la Asamblea General el Balance de cada ejercicio, así como el Presupuesto y el plan de actividades para el ejercicio siguiente.
- Representar a la Asociación, y regir su vida económica y administrativa mientras no esté reunida la Asamblea General.
- Intervenir y decidir la admisión de nuevos socios, y decidir sobre su expulsión o cese, estando para ello a lo dispuesto en los presentes Estatutos.
- Contratar al personal auxiliar y determinar su retribución. Así como aprobar las cuentas de gastos a cargo de la Asociación.
- Proponer a la Asamblea General las cuotas de los socios.
- Adoptar los acuerdos convenientes o necesarios para el desenvolvimiento y fines de la Asociación.
- Adoptar medidas, que por su carácter urgente, no admitan dilación, dando posterior cuenta de las mismas, para su ratificación, a la Asamblea General, si tales medidas rebasasen los límites de la competencia de la Junta Directiva.
- Representar a la Asociación ante cualquier estamento público o privado.
- Desarrollar y vigilar el cumplimiento de los presentes Estatutos., y en caso de duda interpretar los presentes Estatutos en todo su contenido y suplir con sus acuerdos las deficiencias aparecidas en los mismos.
- Elaborar las normas y reglamentos de régimen interno de la Asociación.
- Elaborar planes y programas de trabajo, y constituir comisiones o grupos de trabajo para su desarrollo, el estudio de problemas concretos, o la realización de actividades o gestiones determinadas. Estarán formadas por las personas que la Junta considere convenientes, pertenecientes o no a la Asociación, y serán presididas por un miembro de la Junta Directiva
- Cualesquiera otros cometidos que no sea competencia de la Asamblea General
Junta directiva actual